APUNTES DE DERECHO PROCESAL PENAL
Por
Dr. Humberto Moreno
Derecho Procesal Penal Constituicionalizado y basado en los Derechos Humanos es como el Profesor Nelson Rincón califica el Derecho Procesal Penal por él impartido.
Conclusiones sobre los sistemas procesales
Comentario del Profesor: Mayer es quien mejor desarrolla la síntesis histórica.
Pregunta de Examen:
Crítica a los sistemas procesales.
Tres conclusiones:
1) Sistema acusatorio ha evolucionado desde la acusación por grandes grupos a la acusación por un fiscal del Ministerio Público.
2) El sistema inquisitorio surge y otorga gran poder al Estado.
3) El sistema mixto incluye la parte sumaria derivada del inquisitorio, pero permite una inclusión del respeto a los DDHH.
“Me acusas, me castigas pero según leyes previamente aprobadas por un sistema respetuoso de la dignidad humana, y en cuya conformación la genta ha participado”.
Se resume como sigue:
1) A través de la historia han surgido sistemas procesales, los cuales hemos repetido porque en el devenir histórico de los tiempos así ha ocurrido:
1) acusatorio;
2) inquisitivo;
3) mixto.
En este último se imbrican de alguna forma los anteriores y han evolucionado hasta el sistema actual.
2) Cada sistema que aparece en la historia es proporcional al sistema de gobierno imperante para la época. Hasta la presente fecha cuando observamos normas inquisitorias dentro de la Constitución de los regímenes totalitarios: “Es un delito todo lo que se considere contrario a la Revolución”.
3) Cada sistema se fue adaptando, en consecuencia por causas sociales, políticas y religiosas injertándose en las sociedades de acuerdo a la voluntad del Príncipe (Clase gobernante).
4) De esta forma se le arrebató el poder al pueblo; se le arrebató a las partes el poder de composición. El poder del acuerdo de voluntades
5) A la fecha hemos dado un periplo de 180 grados (360?), aunque por muchas causas , también hemos regresado al sistema acusatorio. Pero el sistema acusatorio actual se imbrica sobre la concepción ideológica del Contrato Social de Rosseau, dentro del contexto de los DDHH, la Constitución y los convenios internacionales.
El sistema procesal penal conveniente y correcto, se repite, es el inscrito en el marco del Contrato Social, de la constitución de los pueblos y de los acuerdos internacionales. La pena es una concesión de los límites de la libertad pero basada en aquellos principios básicos.
Se insiste: “Me vas a juzgar, bien, pero según la ley escrita y nada fuera de esa ley escrita”.
“Nulla crimen, nulla poena, sine lege”.
Es decir, con un juicio previo y un debido proceso (Art. 49 CRBV).
Esta es la base del
principio de legalidad.
Luego en esta clase, el profesor inicia una representación teatral: Coloca a una alumna en la silla del profesor, denominándola Juez. Dos alumnos mas representan la Policía Judicial, otro el Fiscal, el pariente y el abogado querellante. Dos acusados, uno principal y otro accesorio (cómplice accesorio ¿o coautor?). El abogado defensor pagado y el defensor de oficio; se incluye además una alumna, quien representa el abogado secretario del Juez.
PREGUNTA DE EXAMEN:
¿QUIENES SON LAS PARTES en el sistema procesal acusatorio? R: El fiscal y el imputado, una vez que las pruebas así lo dictaminen, el acusado y una vez sentenciado, el penado.
CUALES SON LAS PARTES: Enumerar: 1) El fiscal del Ministerio Público; 2) El imputado; 3) El querellante si lo hubiese.
¿Los abogados defensores son representantes o asesores? El proceso penal es intuito personae, por tanto no puede haber representantes que paguen la pena. Es una asesoría técnica que el abogado defensor desempeña contratando una obligación de medios mas no de resultados, la cual debe ser claramente establecida ante el imputado.
¿QUE PAPEL REPRESENTA EL JUEZ?
El juez es el árbitro del proceso.
Los escabinos, si los hay, asesoran al Juez con sus opiniones, pero la decisión final está en manos del Juez, sin bien los escabinos firman la sentencia.
¿QUIENES SON LOS SUJETOS PROCESALES?
Aquí sin incluimos todos los actores: Fiscal, imputado, Juez, Secretario Judicial, defensores.
En la próxima clase se determinará lo que corresponde a cada sujeto procesal.
SI DESEA AMPLIAR SUS CONOCIMIENTOS, además de las lecturas recomendadas por el Profesor sobre Vicente Gimeno Sandino y Julio Mayer, obras las cuales se pueden encontrar en la Biblioteca de Criminología, LES SUGIERO ESTE LINK
SISTEMAS PROCESALES Y LOS PRINCIPIOS DEL PROCESO PENAL